SATSE Murcia gana una sentencia sobre horas extraordinarias y nocturnidad en el IMAS
La sentencia es firme
El Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 7 de Murcia ha reconocido el derecho de una trabajadora de un centro del IMAS a la que se le negaba el abono del complemento de nocturnidad junto con la compensación en descansos por horas extraordinarias prestadas, cuando se le llamaba para cubrir, por necesidades del servicio, la ausencia justificada de alguna compañera en un turno de noche.
SATSE Murcia ha ganado esta sentencia, que ya es firme, en la que, además de la compensación horaria que marca la normativa (1 horas y 45 minutos por cada hora extraordinaria que se preste) el IMAS ha de abonar el complemento de nocturnidad, en el caso en que esta prestación del servicio sea en turno de noche, es decir, entre las veintidós y las ocho horas.
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