Laboral

Aclaración sanciones en la Bolsa de Trabajo del SMS

Variarán en función de la duración o el tipo de nombramiento.

El Servicio Murciano de Salud aclara que las saciones en Bolsa de Trabajo variarán en función de la duración y del tipo de nombramiento, pero siempre se penaliza el ámbito, área de salud y tipo de nombramiento ofertado.

Así, si se rechaza un contrato de cero a tres días, la sanción será de un mes en el ámbito, área y tipo de contrato ofertado; de tres meses un contrato eventual o de sustitución rechazado, de seis meses en caso de rechazar un contrato de larga duración (CDL) y de un año uno de interinidad.

El rechazo de un contrato ya aceptado, su no comparecencia o en vigor, la sanción será de 6 meses en el caso de un contrato eventual o sustitución, y de un año por un contrato de larga duración e interinidad.

RECHAZO DE CONTRATO EN OFRECIMIETO SANCION EN AMBITO, AREA Y TIPO DE CONTRATO OFERTADO
Contrato = 0 < 3 días 1 mes
Contrato eventual o de sustitución 3 meses
CLD 6 meses
Interinidad 1 año

 

RECHAZO DE CONTRATO YA ACEPTADO, LA NO COMPARECENCIA O EN VIGOR  
Contrato eventual o sustitución 6meses
CLD E INTERINIDAD 1 año

 

Las reincidencias a las renuncias a un nombramiento van sumando. Por un lado, 'el rechazo de contrato' y por otro, 'el rechazo de contratao y aceptado o en vigor', y son acumulativas por separado (en contadores diferentes):

  1. Cuando se trate de una segunda renuncia, en un 50%.
  2. Cuando se trate de la tercera renuncia, en un 100%.
  3. Una cuarta renuncia conllevará la suspensión en la bolsa correspondiente durante 5 años.

Por tanto, para evitar la suspensión se puede acumular un máximo de 3 “rechazos de contrato” y 3 “rechazos de contrato ya aceptados o en vigor” en el mismo área, ámbito y tipo de contrato.

De tal forma no hay penailización si se rechaza contrato, por cuidado de hijos menores de 12 años o mayor con discapacidad, aunque el rechazo deberá hacerse en el momento del llamamiento.

  • Hay que acreditar la situación cuando quieras estar disponible en la página personal de la bolsa del SMS.
  • Igualmente con familiares dependientes que convivan en el domicilio familiar si el puesto es en un municipio distinto al de residencia. Mismo proceder, en base al BORM de 2 de febrero 2022, de 'Medidas de apoyo a la conciliación de la vida laboral, personal y familiar'
  • La falta de contestación a las llamadas telefónicas se entenderá como una renuncia al tipo de nombramiento de mayor duración ofertado, cuando se hayan efectuado a un mismo aspirante tres llamamientos distintos en 1 mes (Si no se ha tenido notificación por parte del interesado, por teléfono, presencialmente, por correo electrónico).