Ayudas Acción Social
Desde el 1 de Enero a 31 de Marzo,podrán solicitar las ayudas de acción social.
Desde el 1 de Enero a 31 de Marzo,podrán solicitar las ayudas de acción social:
- El personal estatutario fijo
- El personal estatutario interino
- El personal estatutario temporal con nombramiento de sustitución, cuyo titular no perciba retribuciones correspondientes al mismo puesto.
A continuación, el cuadro con las cuantías de ayudas y la solicitud, la entrega es en Registro antes de 31 de Marzo de 2012:
Plan de Acción Social 2012 |
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| Tipo de ayuda/presentación | Plazo de presentación | Importe Máximo |
| Natalidad (Es compatible con la de menores de 3 años) | 60 días naturales desde la fecha de nacimiento | 75,50 € |
| Hijos menos de 3 años (No cumplidos 3 años el 31/12/12) | Esta ayuda se concederá de oficio | 200,00 € |
| Hijos de 3 a 16 años (No cumplidos 17 años el 31/12/2012) | Esta ayuda se concederá de oficio | 85,00 € |
| Otros estudios reglados (ESO,Bachillerato, Formación Profesional o equivalentes). Mayores de 16 años a 31/12/2011. ESCUELA OFICIAL DE IDIOMAS (Incompatible con otras ayudas de estudios) | Hasta el 31 de marzo | 100,00 € |
| Estudios Universitarios (1ªs matrículas solo) | Hasta el 31 de marzo |
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| Transporte (complementaria de la principal) | Hasta 75 € | |
| Residencia (complementaria de la principal) | Hasta 150 € | |
| Material Didáctico (Sólo discapacitados con matrícula gratuita) | 7,5 €/asignatura; máximo 60 € | |
| Otros estudios (Sólo personal SMS) | Hasta el 30 de septiembre | 25% de los gastos. Máximo 200 €. |
| Hijos con discapacidad (Educación especial-rehabilitación) | Todo el año | Gasto acreditado con un máximo 500 € |
| Personal con discapacidad (Personal SMS) | Esta ayuda se concederá de oficio | 75,00 €. |
| Ayudas con caracter excepcional | Durante todo el año | A determinar por la Comisión de Acción Social. Máximo 2.500 € |
| Financiación de puntos de interés | Dos meses desde la fecha del contrato de préstamo | Máximo de 7.500 € a 36 meses (máx.). Subvención hasta 2.5 puntos de interés |
| Atención d huérfanos y cónyuges viudos del personal (Si al fallecimiento del personal, tenían derecho a generar ayudas y que cumplan las condiciones previstas en el apartado VI.1.K) | El establecido para cada tipo de ayuda | El importe previsto para cada ayuda |
| Aticipo reintegrable ordinario | Durante todo el año | Máximo 3.000 € a devolver máx. en 12 mensualidades |
| Aticipo reintegrable extraordinario | Durante todo el año, justificando causa de necesidad | Máximo 6.000 € a devolver máximo en 60 mensualidades |
| Indemnización por jubilación | De oficio una vez producido el hecho causante | 1.800 € |
| Indemnización por fallecimiento o incapacidad permanente absoluta y gran invalidez | Todo el año |
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| Complemento de pensión (sólo personal sanitario) | Todo el año | Según ap. VII.2.B) Plan vigente (BORM 16/6/06) |
| Seguro asistencial suscrito con DKV | Comunicar las circunstancias que determinan el alta o la baja a Servicios Centrales (en principio a través de la Unidad de Personal de cada Gerencia) | Consultar el cuadro de profesionales y los servicios concertados en la WEB. http://www.dkvseguros.com/carmu/carmu/inicio.asp |