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OPE ENFERMERÍA-SMS-2014-15-16: Presentación de documentos

En el plazo de veinte días naturales a contar desde el siguiente al de la publicación de la resolución de aspirantes seleccionados, éstos deberán presentar en la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Murciano de Salud, los siguientes documentos

En el plazo de veinte días naturales a contar desde el siguiente al de la publicación de la resolución de aspirantes seleccionados, éstos deberán presentar en la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Murciano de Salud, los siguientes documentos:

 

- Una fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad, en caso de ser español o del documento oficial que acredite la nacionalidad y edad exigida, en caso de ostentar otra nacionalidad.

 

- Una fotocopia compulsada del título exigido en la convocatoria o del

resguardo acreditativo de haber abonado los derechos para la expedición del mismo.

 

Los opositores que aleguen estudios equivalentes a los exigidos habrán de

citar la disposición legal en la que se reconozca tal equivalencia, o en su caso, aportar una certificación en tal sentido del órgano competente en la materia.

 

- Los aspirantes que hayan obtenido la plaza por el turno de discapacidad

deberán aportar el original o fotocopia compulsada del certificado expedido por el órgano competente de la Administración que acredite una discapacidad igual o superior al 33%. Sin perjuicio de ello, aquellos cuyos datos figuren en el fichero de personas con discapacidad de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y así lo hagan constar, no tendrán que presentar ninguna documentación.

 

- Declaración jurada o promesa de no haber sido separado del servicio de

ninguna Administración Pública mediante expediente disciplinario, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

 

- Los nacionales de países que no pertenezcan a la Unión Europea o a países a los que en razón a Tratados Internacionales ratificados por España sea aplicable la libre circulación de trabajadores y tengan derecho a participar, deberán presentar según el caso, los siguientes documentos:

 

a) Los que acrediten ser cónyuge no separado de derecho de un español o de un nacional de otro Estado miembro de la Unión Europea.

 

b) Los que acrediten ser descendiente de español, de nacional de un Estado de la Unión Europea o del cónyuge de cualquiera de ambos, siempre que no estén separados de derecho, ser menor de 21 años o mayor de dicha edad, siempre que en este último caso vivan a sus expensas.

 

- Los participantes que hubieran manifestado en su solicitud una oposición

expresa a que fueran consultados sus datos, deberán aporta la certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales, en cumplimiento de la Resolución de 20 de junio de 2016, del Director Gerente del Servicio Murciano de Salud por la que se aprueba la instrucción 4/2016, sobre aplicación de las medidas previstas en el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de protección jurídica del menor (BORM nº 163 de 15 de julio).

 

-      Una vez que se aporte el resto de documentación dentro del citado

plazo de veinte días naturales, los aspirantes serán citados por el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales del Servicio Murciano de Salud, que será el encargado de realizar y tramitar el informe médico que acredite si poseen la capacidad funcional (física y psíquica) necesaria para el desempeño de las tareas y funciones propias de las plazas convocadas.

 

Las personas discapacitadas, con independencia del cupo por el que hayan

resultado seleccionados (ordinario o reserva para personas discapacidad),

acreditarán la compatibilidad con el desempeño de tareas y funciones a través de un dictamen, que tendrá carácter vinculante, del Instituto Murciano de Acción Social (IMAS).

 

- Ante la imposibilidad, debidamente justificada, de presentar los documentos expresados en el apartado anterior, podrá acreditarse que se reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria mediante cualquier medio de prueba admitido en derecho.

 

- Quienes tuvieran la condición de personal estatutario fijo del Servicio Murciano de Salud estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y demás requisitos ya probados para obtener su anterior nombramiento.

 

- Quienes dentro del plazo fijado, salvo casos de fuerza mayor que serán

comprobados y libremente apreciados por la Administración, no presenten la documentación o del examen de la misma se deduzca que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base específica tercera, no podrán ser nombrados como personal estatutario fijo, quedando anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran incurrido por falsedad en su solicitud inicial.

Nombramiento como personal estatutario fijo y toma de posesión.

 

- Concluido el proceso selectivo, quienes lo hubieran superado serán

nombrados personal estatutario fijo en la categoría y opción convocada mediante resolución del Director Gerente del Servicio Murciano de Salud que se publicará en el Boletín Oficial de la Región de Murcia en un plazo no superior a tres meses contados a partir del día siguiente al de la finalización del plazo de presentación de documentos a que se refiere la base anterior.

 

- La toma de posesión se efectuará en el lugar que se fije en dicha resolución en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de

la publicación del nombramiento en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

 

La ausencia de la toma de posesión, excepto en los casos de fuerza mayor

debidamente justificados y libremente apreciados por la Administración, dará lugar a la pérdida de todos los derechos derivados de la superación de las pruebas selectivas.

 

ENLACE PARA APORTAR LA DOCUMENTACIÓN

 

https://sms.carm.es/sms/seleccion/oposiciones/view/aportarDocumentacion/seleccionarInstancia.xhtml

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