Hemeroteca

Respuesta de SATSE Murcia al panfleto del Sindicato Médico

Después de leer la panfletada titulada: “EL SINDICATO MÉDICO DE LA REGIÓN DE MURCIA RESPONDE”, cuesta trabajo decidir por donde empezar a contestar tanta mentira, osadía y manipulación que se hace de la legislación, junto con el cúmulo de falsedades que, además de ofender a la inteligencia, ofenden a los profesionales de enfermería y a una Organización como la nuestra que nunca se ha dejado conquistar ni someter por ningún otro interés.

Como hay que aclarar tantas cosas, comenzaremos con método y, sobre todo, con la mayor claridad y sencillez posibles, para que los autores del panfleto lo entiendan todo muy bien.

A.- En cuanto a la Normativa Legal:

1.- Lo primero que recomendamos al Sindicato Médico es que vuelvan a leer muy despacio los artículos 6 y 7 de la Ley 44/2003, de Ordenación de las Profesiones Sanitarias (LOPS), en los que en todo momento se deja claro que cada profesión sanitaria (lo que incluye tanto a enfermeras/os como a médicas/os) están FACULTADAS (ambas) para actuar dentro del ámbito que determinan sus respectivos títulos con total independencia (lo que no excluye la colaboración pero sí cualquier tipo de “dependencia”), lo cual queda reflejado en la LOPS, en referencia al proceso de atención integral de salud, así: “…sin menoscabo de la competencia, responsabilidad y autonomía propias de los distintos profesionales que intervienen en el mismo.”

Por cierto, que nuestros amigos los médicos también olvidan referir de la Ley que ésta también establece entre las competencias de las enfermeras/os la “DIRECCIÓN” del proceso de cuidados de enfermería.

Y en ningún momento se menciona,  la duración concreta de la formación académica.

2.- En cuanto a la referencia que hacen a una hipotética anulación del artículo 12 del Real Decreto 521/1987, otra vez tenemos que corregirles, porque dicho artículo está plenamente vigente y prueba de ello es la existencia de las Direcciones de Enfermería en todos los centros del Sistema Nacional de Salud, al mismo nivel orgánico que las Direcciones Médicas y con absoluta independencia de las mismas. Y además, por si esto es poco, el artículo 25, apartado 4 que ustedes “olvidan” mencionar en su panfleto dice: “Los responsables de las Unidades Orgánicas de Enfermería, tendrán la denominación de Supervisores de Enfermería y estarán bajo la dependencia del Director de Enfermería.”  Por tanto el jefe de servicio manda mucho…..pero en los médicos.     

3.- La Ley 55/2003, del Estatuto Marco de Personal Estatutario de los Servicios de Salud, establece en los artículos 47, 48 y 49 los diferentes tipos de jornada laboral (Jornada Ordinaria, Jornada Complementaria y Régimen de Jornada Especial). Y en ninguna de ellas se establecen tramos horarios, ni se menciona a ningún colectivo concreto para otorgarles la exclusividad de la realización de las guardias ni se las garantiza a nadie de por vida. Es obvio que nuevamente la CESM manipula la legislación a su conveniencia.

B.- En cuanto a las retribuciones:

Es verdad que el médico de hospital hace guardias y en la guardia le entra la noche y no cobra nocturnidad, ni festividad, pero se las retribuyen muy pero que muy bien, nada menos que a razón de 750 € cada día de guardia. Con cada par de días de guardia que se ahorrase de pagar el Servicio Murciano de Salud se podría cubrir el sueldo de todo un mes de un celador o una auxiliar de enfermaría y con tres guardias ya se tendría para pagar el sueldo de una enfermera/o que a cambio de un escaso sueldo está todo un mes haciendo turnos, festivos y fines de semana. ¿No se sonrojan al protestar por no cobrar turnicidad ni festividad? Quizá, dada la difícil situación económica del Servicio Murciano de Salud deberían ofrecerse para realizar turnos, pero eso sí, cumpliendo a rajatabla la jornada laboral completa, nada de llegar tarde, salir pronto y en medio pasear mucho.  

Textualmente dice la CESM: Las guardias médicas suponen el medio económico menos costoso que la administración ha inventado para garantizar la adecuada atención permanente al usuario. Como la Cesm-Murcia tiene poca antigüedad en la gestión sindical, les ayudaremos a aprender: Las guardias médicas se implantaron como medio para atender al ciudadano ya que las plantillas de los médicos en aquellos tiempos era muy escasa. Hoy día existen servicios con plantillas de médicos sobredimensionadas (puerta de urgencias con 23 médicos, servicio de traumatología con 34 médicos, Uci´s con 21 intensivistas, etc.), con lo cual y tal y como está la economía, las guardias médicas no suponen el medio más económico, sino el más caro de mantener en nuestro Sistema.

 Otra cosa que mencionan es el Estatuto de los Trabajadores para que les paguen las horas extraordinarias, al 150% del valor de la hora ordinaria. Yo me pregunto, ¿Cuánto tiempo llevan ustedes en la gestión sindical? El Estatuto de los Trabajadores solamente es de aplicación al personal laboral y, como deberían saber, prácticamente la totalidad del personal del S.N.S somos personal estatutario y lo que se nos aplica es el Estatuto Marco, la Ley 55/2003.

C.- En el área del Sentido Común. Desde SATSE, consideramos a los médicos  de nuestro S.M.S, muy buenos profesionales, con responsabilidad, con dedicación al Sistema y buenos compañeros en donde tenemos que trabajar juntos en bien del usuario y del enfermo. Dos profesiones diferentes pero complementarias, una no puede vivir sin la otra, ambas tienen un cometido y un fin único. Otra cosa diferente son los dirigentes de la CESM, que están obsesionados con SATSE y con la Enfermería; que quieren que la Enfermería vuelva a ponerse la cofia y a someterse a ellos, como en los mejores tiempos de antes de la democracia. Les recomendamos que se vayan olvidando de esto porque la Enfermería no va a dar ni un solo paso atrás.

Por cierto que su nostalgia les hace confundir el nombre de SATSE que no es otro que el de SINDICATO DE ENFERMERÍA. Estamos muy orgullos de habernos denominado Sindicato de ATS pero resulta que ya no nos llamamos así por la sencilla razón de que la profesión tampoco se denomina así. Punto pelota.

 Formación.- No mientan con su formación ni con la nuestra. Enfermería son cuatro años para obtener el título de Grado y dos más para la especialización.

Responsabilidad servicio médico.- Aquí no tenemos más remedio que volver a recordarles que igual que existe la Jefatura de Servicio en cada unidad también existe la Supervisión de Enfermería y que cada una tiene potestad sobre su propio personal. Vuelvan a leerse el Real Decreto 521/1987.

Para finalizar, solo recomendarles un poco de humildad en su apelación al sentido común, recuerden que los ciudadanos valoran en igual medida al médico como al profesional de enfermería (echen un vistazo a cualquiera de los Barómetros Sanitarios que periódicamente publica el Ministerio de Sanidad) y que en el proceso de atención sanitaria intervienen además muchos otros profesionales y trabajadores.

Y con esta nos despedimos definitivamente de ustedes porque no tenemos intención de continuar perdiendo el tiempo en responder sus panfletos. Les aconsejamos que se dediquen a poner orden en su propia casa.

Te puede interesar